Informe los movimientos de personal
Comunique a AFC la contratación o inicio de servicios, desvinculaciones o cese de servicios, cambios de tipo de contrato y permisos sin goce de sueldo.
Como empleador(a), usted tiene el deber de registrar e informar los movimientos del personal de su empresa.
¿Qué movimientos debo informar a AFC Chile?
- Contratación o iniciación de servicios: Debe dar aviso del inicio de la relación laboral con un(a) trabajador(a).
- Desvinculación o cese de servicios: El(la) empleador(a) debe dar aviso del fin de la relación laboral con un(a) trabajador(a).
- Cambio de tipo de contrato: Se debe informar del paso del contrato de un(a) trabajador(a) de plazo fijo o por obra, a plazo indefinido. Tenga presente que este tipo de movimiento implica un cambio en los porcentajes de aporte a las cotizaciones.
- Permisos sin goce de sueldo: En caso de que un(a) trabajador(a) se encuentre en esta situación, se deben informar los períodos que eximen del pago de cotizaciones.
¿Cuál es el siguiente paso?
¿Qué pasa si no informo los movimientos de personal?