¿Es trabajador(a) de casa particular?

Consulte por los requisitos, beneficios y condiciones para acceder al Seguro de Cesantía.

Consulte por los requisitos, beneficios y condiciones para acceder al Seguro de Cesantía.

Las trabajadoras y trabajadores de casa particular se incorporaron de manera automática y obligatoria al Seguro de Cesantía en octubre del 2020. Desde entonces, si cumplen los requisitos, pueden acceder a sus beneficios en caso de finalizar su relación laboral.

Aporte al Seguro de Cesantía

El empleador paga el 3% de la remuneración imponible de la trabajadora o trabajador al Seguro de Cesantía, lo que se divide en:

  • 2,2% para la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
  • 0,8% para el Fondo Solidario de Cesantía (FCS)

Además, el empleador aporta el 1,11% de la remuneración imponible a la Cuenta de Ahorro de Indemnización (CAI) obligatoria a todo evento de la AFP de la trabajadora o trabajador.

Solicitud del Seguro de Cesantía: requisitos y beneficios

Los requisitos y beneficios dependen del tipo de fondo que financia el Seguro de Cesantía:

1) Acceso a la CIC

Para acceder a los fondos de su Cuenta Individual de Cesantía, la trabajadora o trabajador de casa particular debe estar cesante y cumplir estos requisitos:

  • Contar con 10 cotizaciones pagadas y acreditadas, ya sean continuas o discontinuas. Las cotizaciones se cuentan desde la fecha de su afiliación o desde la última vez que recibió un pago del Seguro de Cesantía, hasta el término de su relación laboral
  • Tener el finiquito u otro documento que acredite el término de la relación laboral
  • Cualquier causal de término de relación laboral

Si cumple estos requisitos, podrá acceder al beneficio de 1 a 13 pagos, según sus fondos disponibles, con los siguientes porcentajes:

Mes

1

2

3

4

5

≥6

% de la remuneración*

70%

60%

45%

40%

35%

30%

*El porcentaje se calcula en base al promedio de la remuneración de los últimos 10 meses de la trabajadora o trabajador.

2) Acceso al FCS

Para acceder al Fondo de Cesantía Solidario, la trabajadora o trabajador de casa particular debe estar cesante, no tener saldos suficientes en su CIC y cumplir estos requisitos:

a) Contar con 10 cotizaciones pagadas y acreditadas, ya sean continuas o discontinuas, dentro de los últimos 24 meses anteriores al término de la relación laboral; de esas cotizaciones, las 3 últimas deben ser continuas y con un mismo empleador

b) Tener el finiquito: u otro documento que acredite el término de la relación laboral

c) Cumplir con alguna de estas causales de término: vencimiento del plazo convenido (159-4), conclusión del trabajo o servicio (159-5), caso fortuito o fuerza mayor (159-6), necesidades de la empresa (161) o quiebra del empleador (163 bis)

d) Activar la cuenta de la Bolsa Nacional de Empleo: en www.bne.cl y mantener la certificación, siguiendo las instrucciones que recibirá por mail

Si cumple estos requisitos, podrá acceder a los beneficios:

  • Hasta 5 pagos: con los siguientes porcentajes (en base a la remuneración) y topes:

Mes

1

2

3

4

5

% de la remuneración**

70%

60%

45%

40%

35%

Tope mínimo

$264.820

$226.988

$170.241

$151.326

$132.411

Tope máximo

$882.733

$756.628

$567.470

$504.420

$441.367

Importante: Valores vigentes hasta el 28 de febrero de 2025, conforme a lo dispuesto en la resolución exenta n°253 de la SP del 16/02/2024.

**El porcentaje se calcula en base al promedio de la remuneración de los últimos 10 meses de la trabajadora o trabajador.

  • Cobertura de salud mediante Fonasa
  • Pago de asignación familiar para los tramos A y B
  • Apoyo en la nueva búsqueda laboral mediante la BNE
  • Aporte del 10% del beneficio a la AFP

¿Cumple con estos requisitos?

Si cumple estos requisitos, solicite su Seguro de Cesantía desde su celular o computador en 3 simples pasos, ingresando a la Sucursal Virtual de afiliados de qa.afc.cl. También puede solicitarlo presencialmente en cualquiera de nuestras sucursales.

 

Solicitud de retiro de fondos como pensionado

Una trabajadora o trabajador de casa particular que ya esté pensionado puede solicitar por única vez el retiro de los fondos de su Cuenta Individual de Cesantía. Revise aquí el procedimiento y requisitos para retirar su ahorros en calidad de pensionado(a).

Excepción: tras el retiro de sus fondos, la trabajadora o trabajador de casa particular que continúa sus labores sigue cotizando al Seguro de Cesantía, con lo que podrá acceder a los beneficios de cesantía cuando así lo necesite y cumpla los requisitos.

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¿Cuál es el siguiente paso?

Revise cómo es el retiro de fondos como pensionado/trabajador de casa particular