Registrar mis beneficiarios: ¿qué debo hacer?

En nuestra Sucursal Virtual de afiliados(as), usted puede registrar a la(s) persona(s) que recibirá(n) sus fondos en caso de fallecer.

Los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) son heredables. Esto significa que, en caso de fallecer, los recursos de su CIC son entregados a sus herederos(as) o a los(as) beneficiarios(as) registrados(as) en nuestro sistema.

Tenga presente:

  • Cualquier persona puede ser declarada como beneficiario(a), sin necesidad de que sea un familiar.
  • La inscripción de beneficiarios(as) puede realizarla de manera simple y cómoda a través de la Sucursal virtual, en la pestaña Cobro del Seguro > Inscribir a mis beneficiarios.
     

    También puede hacerlo de manera presencial en cualquier sucursal de AFC Chile.

  • En ambos casos, usted deberá proporcionar la siguiente información de cada beneficiario(a):
    • Nombre completo.
    • Cédula de identidad.
    • Fecha de nacimiento.
    • Relación con el(la) afiliado(a).
    • Porcentaje designado para cada uno.
  • Se permite la inscripción de más de un(a) beneficiario(a), asignando a cada uno un porcentaje hasta completar el 100%.

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¿Cuál es el siguiente paso?

Registre sus beneficiarios en la Sucursal virtual

¿Beneficiario o heredero? Sepa cómo retirar los fondos